El pasado día 6 de octubre de 2010 el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) ha resuelto las cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal Supremo mediante Auto de 24 de septiembre de 2009, relativas a la adecuación del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores a la normativa comunitaria, concretamente a la Directiva sobre Concentración de Capitales.
La respuesta del TJUE se esperaba con enorme interés tanto por la Administración Tributaria española, como por el colectivo empresarial y de asesores fiscales de este país, ya que el TJUE podía entrar a cuestionar, una vez más, la adecuación de la normativa española al Derecho Comunitario, como ya ha ocurrido por ejemplo en relación con cuestiones muy relevantes de la normativa del IVA.







