La libertad de amortización constituye un importante beneficio fiscal para aquellas empresas que realizan inversiones “incluso en época de crisis”. No sólo permite un diferimiento del impuesto sobre sociedades, mediante la anticipación del gasto fiscal por amortización, también permite un diferimiento de la imputación del gasto fiscal por amortización, con el correspondiente ajuste positivo para la determinación de la base imponible del impuesto.
El anticipo del gasto fiscal tiene sentido cuando hay bases imponibles que disminuir y por lo tanto, impuesto sobre sociedades que diferir, pero la realidad se torna distinta cuando lo que realmente existen son bases imponibles negativas de ejercicios anteriores o deducciones en la cuota pendientes de compensar, amenazadas por la caducidad.







